
PSICOLOGÍA
JUDICIAL

FUNCIONES
Las funciones del Psicólogo Jurídico en el ejercicio de su Rol Profesional incluyen entre otras, las siguientes funciones:
1. Evaluación y diagnóstico, en relación a las condiciones psicológicas de los actores jurídicos.
2. Asesoramiento: orientar y/o asesorar como experto a los órganos judiciales en cuestiones propias de su disciplina.
3. Intervención: diseño y realización de Programas para la prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los actores jurídicos bien en la comunidad, bien en el medio penitenciario, tanto a nivel individual como colectivo.
4. Formación y educación: Entrenar y/o seleccionar a profesionales del sistema legal (jueces y fiscales, policías, abogados, personal de penitenciarías, etc.) en contenidos y técnicas psicológicas útiles en su trabajo.
5. Campañas de prevención social ante la criminalidad y medios de comunicación: Elaboración y asesoramiento de campañas de información social para la población en general y de riesgo.
6. Investigación: Estudio e investigación de la problemática de la Psicología Jurídica.
7. Victimología: Investigar y contribuir a mejorar la situación de la víctima y su interacción con el sistema legal.
8. Mediación: Propiciar soluciones negociadas a los conflictos jurídicos, a través de una intervención mediadora que contribuya a paliar y prevenir el daño emocional, social, y presentar una alternativa a la vía legal, donde los implicados tienen un papel predominante.
Vamos a referirnos brevemente al último tema, por su especial valor en escenarios como las comisarías de familia, los juzgados de familia y los centros especializados de conciliación.
La mediación es una alternativa a la forma tradicional de acudir a la justicia en busca de solución. La solución no viene dada del exterior, sino que la realizan las propias partes en conflicto con la ayuda de un tercero imparcial, el mediador, que trata de ayudarles para que éstas consigan acuerdos consensuados que les permitan una salida pacífica de la situación conflictiva. La base de esta nueva técnica está en una manera distinta de entender las relaciones individuo-sociedad, sustentada por la autodeterminación y la responsabilidad que conducen a un comportamiento cooperativo y pacífico. El mayor protagonismo de los interesados en la resolución de sus propios conflictos eleva la satisfacción psicológica de éstos, acrecienta su autoestima y fomenta comportamientos de ayuda a los demás, básicos para el desarrollo de una sociedad mas justa y solidaria.
Funciones del Mediador:
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Preparar un contexto adecuado para que las partes puedan comunicarse.
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Diseñar el proceso de mediación.
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Ofertar a las partes herramientas que les permitan manejar el conflicto.
La mediación proporciona una forma racional de resolver aquellos conflictos que tienen difícil solución o representan un coste elevado para los ciudadanos y para la sociedad. La relevancia que las relaciones interpersonales tienen en todo proceso conflictivo hace necesario una intervención no exclusivamente legal, basada en un enfoque interdisciplinar y que la mediación propicia. Igualmente la mediación favorece la comunicación entre las partes y la consolidación de los acuerdos. La mediación así entendida, favorece la libertad y la responsabilidad de las personas y se inscribe en un proceso de democratización de la vida social, aceptando la diversidad y regulando los conflictos desde una óptica pacífica.

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